Mediante Circular Externa No. 43, la Superintendencia de la Economía Solidaria, ha modificado parcialmente los lineamientos establecidos en la Circular Básica Contable y Financiera con relación a la implementación del sistema de administración de riesgo de crédito.
Esta modificación, que ya había sido anunciada por el ente de control, se da luego de que el gremio cooperativo se reuniera con la Superintendencia para analizar y discutir la situación actual y las perspectivas para el nuevo año, dadas diversas situaciones de índole económico y político, que, sin lugar a duda, tendrán repercusiones para todas las organizaciones.
Es de resaltar que este criterio de proporcionalidad en función del tamaño de las cooperativas, es un tema que se ha venido discutiendo con la Supersolidaria, que también se ha incluido en las propuestas de política pública promovidas por Confecoop y que se han puesto de manifiesto en documentos como el CONPES 4051 y la Hoja de Ruta de la Unidad de Regulación Financiera -URF- del Ministerio de Hacienda, lo cual abre un camino hacia la segmentación de las vigiladas y las posibles colaboraciones en materia de supervisión por parte del gremio, buscando así una mayor eficiencia en la acción del supervisor y una carga más liviana para las organizaciones.
Consulte a continuación los siguientes documentos:
Circular Externa No. 43 de la Supersolidaria
Aparte modificado de la Circular Básica Contable y Financiera
Cronograma de implementación del SARC